Tu primera TIE con visado no lucrativo
Para quienes llegan a España con un visado de residencia no lucrativa. Todo lo que sigue viene de fuentes oficiales.
Última verificación: 23 de octubre de 2026
La entrada en España
Una vez recogido el visado no lucrativo, debes entrar en España dentro de su vigencia, que en ningún caso supera los tres meses.
Fuente oficial: Hoja informativa 6 — Autorización inicial de residencia temporal no lucrativa (Procedimiento)
Tu plazo
Con un visado de residencia no lucrativa, debes solicitar la TIE personalmente en el plazo de un mes desde tu entrada en España.
Fuente oficial: Real Decreto 1155/2024 — art. 63.5
Cuánto dura
La autorización inicial de residencia no lucrativa dura un año y su vigencia empieza el día en que entras en España.
Fuente oficial: Hoja informativa 6 — Autorización inicial de residencia temporal no lucrativa (Procedimiento)La TIE tiene la misma vigencia que la autorización que justifica su expedición y pierde validez cuando esta se extingue.
Fuente oficial: Real Decreto 1155/2024 — art. 209.7
Tu NIE
Tu visado de estudios o no lucrativo lleva una autorización de permanencia, así que se te asignó de oficio un NIE (tu número de identidad de extranjero). No tienes que pedirlo aparte.
Fuente oficial: Real Decreto 1155/2024 — art. 205.1 y 205.3
El impreso y la tasa
Para tu primera TIE, marca 'TARJETA INICIAL' en el apartado 4.1 (tipo de documento).
Fuente oficial: Formulario EX-17 (versión 03), página 2 — 4.1 Tipo de documento (art. 209)En la página oficial del 790-012, dentro de 'Tarjetas de identidad de extranjeros (TIE)…', elige 'TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos'. El importe es de 16,08 €.
Fuente oficial: Sede electrónica de la Policía — Tasa modelo 790 código 012 (formulario)
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Empezar gratisPreguntas frecuentes
¿Cuándo debo entrar en España con el visado no lucrativo?
Una vez recogido el visado no lucrativo, debes entrar en España dentro de su vigencia, que en ningún caso supera los tres meses.
Fuente oficial: Hoja informativa 6 — Autorización inicial de residencia temporal no lucrativa (Procedimiento)
¿Cuándo tengo que pedir la TIE?
Con un visado de residencia no lucrativa, debes solicitar la TIE personalmente en el plazo de un mes desde tu entrada en España.
Fuente oficial: Real Decreto 1155/2024 — art. 63.5
¿Cuánto dura el primer permiso no lucrativo?
La autorización inicial de residencia no lucrativa dura un año y su vigencia empieza el día en que entras en España.
Fuente oficial: Hoja informativa 6 — Autorización inicial de residencia temporal no lucrativa (Procedimiento)
¿Ya tengo NIE?
Tu visado de estudios o no lucrativo lleva una autorización de permanencia, así que se te asignó de oficio un NIE (tu número de identidad de extranjero). No tienes que pedirlo aparte.
Fuente oficial: Real Decreto 1155/2024 — art. 205.1 y 205.3
¿Qué tasa 790-012 pago?
En la página oficial del 790-012, dentro de 'Tarjetas de identidad de extranjeros (TIE)…', elige 'TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos'. El importe es de 16,08 €.
Fuente oficial: Sede electrónica de la Policía — Tasa modelo 790 código 012 (formulario)
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